8 Causas para la RETENCIÓN de la Pensión del Bienestar para Personas con Discapacidad 2021

Sabias que existen 8 razones por las cuales te pueden retener el pago de tu Pensión del Bienestar para personas con Discapacidad?

En este video las descubrirás a tiempo para evitar que retengan tus pagos.

Después de cada razón te haremos una sugerencia para evitar esa situación y al final te diremos como saber si te han retenido el pago y sobre todo que es lo que tienes que hacer para que tu pensión se reanude.

De donde sale eso de la retención?

En las Reglas de Operación de la Pensión del Bienestar para las Personas con Discapacidad vigentes, publicadas el 22 diciembre del 2020 en el Diario Oficial de la federación, como en las actualizaciones posteriores del 21 de julio del 2021 y del DE SEPTIEMBRE DEL 2021; se establecen 3 tipos consecuencias importantes o niveles de sanción por incumplimientos de los PENSIONADOS DERECHOHABIENTES y estos son: primero la retención, segundo la suspensión y tercero la baja de programa.

Al final de la publicación pueden encontrar las reglas de operación de la pensión para el bienestar de las personas con discapacidad vigentes para el año fiscal 2021

Así que no es una cuestión arbitraria, es pública y legal que ante ciertos incumplimientos por parte de los pensionados, la Secretaria del Bienestar pueda determinar como primer nivel de sanción la RETENCIÓN DE LA PENSIÓN lo que quiere decir que se detendrán temporalmente los depósitos y la entrega en efectivo.

Así que a continuación podrás descubrir cuales son las 8 razones por las que pueden RETENER la PENSIÓN para personas con discapacidad.

8 RAZONES por la que te pueden RETENER LA PENSIÓN del Bienestar para Personas con Discapacidad 2021

1- Inconsistencias en los datos personales del pensionado o del adulto auxiliar registrado

Esta razón se refiere a que ante la revisión de los datos de los pensionados se identifiquen inconsistencias y/o información incorrecta en los datos personales, de domicilio y/o documentación entregada por la persona derechohabiente o de la persona adulta auxiliar para ingresar a la Pensión.

Por eso es muy importante que cuando se haga la solicitud se proporcionen los datos correctos y acordes a lo establecido en los sustentos documentales como son la identificación, el CURP, el acta de nacimiento y el comprobante de domicilio, si anotas algo distinto a lo contenido en tus documentos te expones a una posterior retención de pagos.

2- Cuando los pensionados a quienes se les paga por operativos de pago no se presenten a recibir los apoyos por 2 bimestres consecutivos

Otra razón para la retención de los pagos se genera a partir de que las personas derechohabientes incluidas en el esquema de Entrega de Apoyos en Efectivo, o la persona adulta auxiliar no se presenten a recibir los apoyos económicos hasta en dos bimestres consecutivos, con excepción de aquellos bimestres en los que se emitan pagos anticipados.

Asi que si no vas por dos periodos seguidos de pago, te suspenderan el pago a partir del pago siguiente.

Para evitarlo estate atento a los avisos y fechas en los que se realicen los operativos de pago y presentate; recuerda que si no puedes para eso esta el adulto auxiliar que te puede ayudar a hacer tu tramite.

3- Por duplicidad comprobada de datos personales del pensionado

También te pueden retener el pago, cuando se detecte una duplicidad comprobada de datos personales de la persona derechohabiente, se solicitará a la Delegación la compulsa de datos en sitio para la verificación y validación de datos.

Así que no hagas trampa y trates de empadronarte 2 veces.

4- Por alteración o falsificación del documento de medio de cobro

En los casos en que se entrega a los pensionados una orden de pago y cuando se detecte alguna alteración o falsificación del documento de medio de cobro de la persona derechohabiente; será motivo también para la retención de los pagos siguientes.

Así que no alteres o falsifiques tu documento de cobro, será más problema posterior para ti y tu familia.

5- cuando el CURP del pensionado aparezca en la base de fallecidos

Una razón más ante la que se retengan los pagos, ocurrirá cuando la persona derechohabiente aparezca en el Registro Nacional de Población con CURP en situación de defunción.

Posterior a lo cual la secretaria del bienestar solicitará a la Delegación la compulsa de datos en sitio para la verificación y validación del fallecimiento del pensionado.

6- Cuando se realicen 2 visitas consecutivas al domicilio del pensionado y no se le localice

Cuando se realice la compulsa de datos en sitio por las personas prestadoras de servicios o servidoras públicas de la Secretaría de Bienestar, hasta en dos ocasiones consecutivas y no sea localizada la persona derechohabiente o su adulto auxiliar en días y horarios diferentes, será razón para retención del pago de la pensión.

7- Cuando se identifique la realización de cobros simultáneos o indebidos.

Cuando se identifique la realización de cobros simultáneos o indebidos. En caso de que se confirmarse, se retendrá el pago por el número de bimestres en que se realizaron dichos cobros, al registro más reciente.

8- Cuando la Instancia Ejecutora detecte incumplimiento en lo establecido en las Reglas de Operación,

Cuando la Instancia Ejecutora o secretaria del bienestar, detecte incumplimiento en lo establecido en las Reglas de Operación, se podrá retener la entrega de los apoyos económicos que correspondan,

Cómo se si me han aplicado una retención de la pensión?

Si venias recibiendo tu pago y de pronto en un bimestre dejas de recibir tu pago, podría ser indicador de que te han aplicado una retención.

En las Reglas de Operación del programa se menciona que en los módulos del Bienestar se debe notificar bimestralmente mediante publicación en lugar publico, quienes son los pensionados a quienes se les aplico una retención, así como la causa.

Así que si no has recibido tu pago lo primero que debes hacer es averiguar si esta tu nombre en alguna de estas publicaciones en los módulos del bienestar que te corresponda

Cómo hago para que se reanuden los pagos de la pensión?

Si detectas que te han retenido el pago deberás comunicarte a la linea del bienestar para reportar el incidente llamando al 800 63 94 264 de la Línea del Bienestar para reportar la situación y solicitar que indiquen la razon de la retención, para entonces realizar la aclaración pertinente o en su defecto pide te indiquen cual es el procedimiento a seguir para que se reanude el pago de tu pensión.

Reglas de operación de la pensión del Bienestar para personas con discapacidad

Las Reglas de operación para la pensión del Bienestar para personas con discapacidad como mencionamos, en este periodo fiscal han tenido 3 publicaciones, la inicial es la publicada en diciembre del 2020, y que es la que a continuación ponemos a su disposición:

ROPS_Sembrando_Vida_28dic20201

Posteriormente ha habido otras 2 actualizaciones, una en julio y otra en septiembre, sin embargo en lo que respecta a las razones por las cuales se retiene la pensión no hubo ajustes, motivo por el cual lo planteado en las reglas publicadas en Diciembre permanece vigenete.

Hasta aquí la información de hoy gracias por vernos, suscribete si aun no lo has hecho, nos vemos hasta la siguiente convocatoria


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